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Transparencia

Condiciones generales de contratación

Edición 2026.1. Estas condiciones, junto con la Ficha Técnica que forma parte integrante de ellas, regulan la venta de los viajes combinados de Imagine1world Ltd. Las recibes antes de la celebración del contrato y aceptas expresamente su contenido en el momento de la inscripción.

Esta es una traducción de cortesía. El contrato se celebra en italiano y, en caso de discrepancia entre las versiones, prevalece el texto italiano.

1. El organizador

1.1. El organizador del viaje, conforme al artículo 33 del Código del Turismo italiano, es Imagine1world Ltd, con domicilio social en Piccadilly Business Centre, Blackett Street, Manchester M12 6AE, Reino Unido, número de registro 14577985, dirección de correo electrónico info@imagine1world.com, teléfono +39 327 8561316 y +39 320 6955793.

1.2. Toda comunicación dirigida al organizador, incluidas aquellas para las que estas condiciones exigen la forma escrita, se entiende válidamente enviada a la dirección de correo electrónico indicada en el punto 1.1.

2. Marco legal

2.1. La combinación de servicios turísticos ofrecida por Imagine1world Ltd es un viaje combinado conforme a la Directiva (UE) 2015/2302.

2.2. La venta de viajes combinados, con servicios que se prestan tanto en territorio nacional como en el extranjero, se rige por el Decreto Legislativo italiano n.º 79, de 23 de mayo de 2011, que aprueba el código de la normativa estatal en materia de ordenación y mercado del turismo («Código del Turismo»), modificado en último lugar por el Decreto Legislativo 62/2018, así como por el Decreto Legislativo 206/2005 (Código de Consumo) en lo que resulte aplicable.

3. Definiciones

3.1. Conforme al artículo 33 del Código del Turismo, se entiende por:

  • Organizador de viajes: «un empresario que combina viajes combinados y los vende u ofrece en venta al viajero».
  • Viaje combinado: «la combinación de al menos dos tipos distintos de servicios turísticos a efectos del mismo viaje o vacación».
  • Viajero: «toda persona que tiene la intención de celebrar un contrato, celebra un contrato o está autorizada a viajar en virtud de un contrato celebrado, en el ámbito de aplicación del Código del Turismo».
  • 3.2. Se entiende además por participante la persona que disfruta materialmente del viaje combinado, incluso cuando el contrato sea celebrado por otros en su favor, y por titular de la patria potestad el progenitor o tutor que firma el contrato por un participante menor de edad.

4. Información precontractual y celebración del contrato

4.1. Antes de la celebración del contrato recibes el formulario de información normalizada previsto en el Anexo A de la Directiva (UE) 2015/2302, estas condiciones generales y la Ficha Técnica, junto con la descripción del viaje combinado, el precio y el plan de pagos.

4.2. La información precontractual es vinculante para el organizador y forma parte integrante del contrato. Solo puede modificarse con el acuerdo expreso de las partes, antes de la celebración del contrato.

4.3. El contrato se entiende celebrado en el momento en que el organizador acepta la propuesta formulada en la Ficha de Inscripción y la confirma por escrito. Se le aplican estas condiciones generales, acompañadas de la Ficha Técnica y, en lo no previsto, la normativa vigente.

4.4. Tienes derecho a recibir copia del contrato de venta del viaje combinado, conforme al artículo 36 del Código del Turismo. La confirmación escrita del punto 4.3, con los documentos adjuntos, cumple dicha obligación.

5. Reserva

5.1. La Ficha de Inscripción debe cumplimentarse en su totalidad, también en formato electrónico, y firmarse por el participante o, si es menor de edad, por quien ejerce la patria potestad.

5.2. Las indicaciones relativas al viaje combinado no contenidas en los documentos contractuales, los folletos u otros medios de comunicación escrita son facilitadas por el organizador, en cumplimiento de las obligaciones que le incumben conforme al Código del Turismo, antes del inicio del viaje.

5.3. No hay plazo final para la inscripción. No obstante, las inscripciones recibidas próximas a la salida pueden suponer la inclusión en lista de espera, sin garantía de confirmación, o un ajuste del precio como consecuencia de la variación de las tarifas aéreas; en este último caso el organizador comunica el importe actualizado antes de la celebración del contrato, y eres libre de no celebrarlo.

6. Pagos

6.1. El precio se abona según el plan de pagos entregado junto con la confirmación del punto 4.3, que indica importes y vencimientos. El primer plazo es exigible en el momento de la reserva; el plazo para completar el pago figura en la Ficha Técnica.

6.2. En las reservas realizadas después de la fecha prevista para el pago final, el importe total se abona en el momento de la reserva.

6.3. La falta de pago de las cantidades debidas en los vencimientos establecidos constituye cláusula resolutoria expresa, determinando la resolución de pleno derecho del contrato, previa comunicación escrita que conceda un plazo no inferior a siete días para subsanar. Quedan a salvo la indemnización por los demás daños sufridos por el organizador y la aplicación de las penalizaciones del artículo 9.

7. Precio y revisión del precio

7.1. El precio del viaje combinado es el indicado en la confirmación del punto 4.3 y se establece sobre la base de las cotizaciones de cambio vigentes en la fecha de referencia indicada en la Ficha Técnica.

7.2. El precio puede incrementarse, y nunca más tarde del vigésimo día anterior a la salida, exclusivamente como consecuencia de variaciones en los costes de transporte en función del precio del combustible u otras fuentes de energía; en los derechos e impuestos sobre determinados servicios turísticos, como tasas de aterrizaje, de desembarque o de embarque en puertos y aeropuertos; y en los tipos de cambio aplicados al viaje combinado.

7.3. El incremento se comunica por escrito, con indicación del cálculo que lo justifica. Si excede del 8 por ciento del precio total del viaje combinado, tienes derecho a resolver el contrato sin penalización y a obtener el reembolso íntegro de las cantidades abonadas en el plazo de catorce días, o a aceptar un viaje combinado sustitutivo conforme al artículo 8.

7.4. Tienes derecho a una reducción del precio correspondiente a cualquier disminución de los costes indicados en el punto 7.2 producida tras la celebración del contrato y antes del inicio del viaje combinado. Del importe reembolsado el organizador puede deducir los gastos administrativos efectivamente soportados, que documenta a solicitud.

7.5. Las modificaciones solicitadas sobre reservas ya aceptadas solo vinculan al organizador si y en la medida en que puedan atenderse. La solicitud conlleva el cargo de los mayores costes de participación resultantes, además de una cuota fija de gestión indicada en la Ficha Técnica.

8. Modificación o cancelación del viaje antes de la salida

8.1. El organizador puede modificar unilateralmente las condiciones del contrato antes del inicio del viaje combinado cuando la modificación sea de escasa importancia. La modificación se comunica sin demora por escrito.

8.2. Cuando el organizador necesite modificar significativamente uno o más elementos esenciales del contrato, o cancelarlo, lo comunica de inmediato por escrito, indicando el tipo de modificación, la variación de precio resultante y el plazo, en ningún caso inferior a siete días, dentro del cual debes comunicar tu decisión.

8.3. Dentro de ese plazo comunicas por escrito si aceptas la modificación, si prefieres un viaje combinado sustitutivo de calidad equivalente o superior sin suplemento de precio, o si resuelves el contrato. En caso de resolución, el reembolso íntegro de las cantidades abonadas se efectúa en el plazo de catorce días.

8.4. A falta de respuesta dentro del plazo concedido, la propuesta de modificación se entiende rechazada: el organizador resuelve el contrato y reembolsa íntegramente las cantidades abonadas en el plazo de catorce días, sin que nada te sea exigible.

8.5. Los derechos previstos en este artículo te corresponden también cuando el viaje combinado se cancele antes de la salida por cualquier motivo ajeno a tu culpa, incluidas las circunstancias inevitables y extraordinarias.

9. Desistimiento del viajero

9.1. Puedes desistir del contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado. 9.2. El desistimiento no conlleva penalización alguna y da derecho al reembolso íntegro de las cantidades abonadas en el plazo de catorce días, en los siguientes casos:

  • Modificación significativa de uno o más elementos esenciales del contrato propuesta por el organizador y no aceptada por ti.
  • Incremento del precio superior al 8 por ciento, conforme al punto 7.3.
  • Circunstancias inevitables y extraordinarias ocurridas en el lugar de destino o en sus inmediaciones, con incidencia sustancial en la ejecución del viaje combinado o en el transporte de pasajeros al destino.
  • 9.3. Fuera de estos casos, al viajero que desiste se le cargan las penalizaciones indicadas en la Ficha Técnica, calculadas en porcentaje sobre la cuota de participación. La cuota de inscripción, la prima del seguro de cancelación y la tarifa de los vuelos de bajo coste ya emitidos no son en ningún caso reembolsables y siguen siendo exigibles además de la penalización.
  • 9.4. El desistimiento se comunica por escrito y produce efectos desde el día en que la comunicación llega al organizador. En el cómputo de los días para determinar la penalización no se cuentan el sábado, el domingo ni el día de la salida.
  • 9.5. En el caso de grupos preconstituidos, las cantidades de este artículo se acuerdan en el momento de la firma del contrato y prevalecen sobre lo indicado en la Ficha Técnica.

10. Modificaciones tras la salida

10.1. Si tras la salida el organizador se encuentra en la imposibilidad de prestar, por cualquier razón ajena a un hecho tuyo, una parte esencial de los servicios contratados, dispone soluciones alternativas para la continuación de la estancia sin suplementos de precio a tu cargo, o te reembolsa dentro de los límites de la diferencia entre las prestaciones originalmente previstas y las efectivamente realizadas.

10.2. Si no resulta posible ninguna solución alternativa, o rechazas la solución dispuesta por motivos acreditados y justificados, el organizador facilita sin suplemento de precio un medio de transporte equivalente al originalmente previsto para el regreso al lugar de salida o al otro lugar acordado, en función de la disponibilidad de medios y plazas, y reembolsa la diferencia entre el coste de las prestaciones previstas y el de las realizadas hasta el regreso anticipado.

11. Sustituciones

11.1. El viajero que renuncia puede hacerse sustituir por otra persona, siempre que:

  • El organizador sea informado por escrito al menos siete días laborables antes de la fecha fijada para la salida, con comunicación simultánea de los datos del cesionario.
  • El cesionario cumpla todas las condiciones para el disfrute del servicio conforme al artículo 38 del Código del Turismo, y en particular los requisitos relativos a pasaporte, visados y certificados sanitarios.
  • Los mismos servicios, u otros servicios en sustitución, puedan prestarse tras la sustitución.
  • El cesionario reembolse al organizador los gastos adicionales efectivamente soportados para llevar a cabo la sustitución, en la cuantía que se le comunique y documente antes de la cesión.
  • 11.2. El cedente y el cesionario responden solidariamente del pago del resto del precio y de los gastos adicionales del último punto.
  • 11.3. Quien se incorpora abona la cuota de inscripción y la prima del seguro de cancelación, que son personales e intransferibles.

12. Obligaciones de los viajeros

12.1. Antes de la celebración del contrato recibes por escrito la información de carácter general, actualizada a la fecha de publicación del programa, sobre las condiciones aplicables a los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea en materia de pasaporte y visado, con los plazos de expedición, así como sobre las obligaciones sanitarias y las formalidades correspondientes. Los ciudadanos extranjeros obtienen la información correspondiente en sus respectivas representaciones diplomáticas en Italia y en las de los países de destino.

12.2. Es obligación tuya comprobar la actualización de dicha información antes de la salida ante las autoridades competentes y, en el caso de los ciudadanos italianos, ante las comisarías locales o el Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de www.viaggiaresicuri.it o de la Central Operativa Telefónica en el número +39 06 491115. No puede imputarse al organizador responsabilidad alguna por la no salida de uno o más participantes en caso de falta o irregularidad de los documentos de viaje, o de incumplimiento de las obligaciones sanitarias que te incumben.

12.3. Informas al organizador de tu nacionalidad y, en el momento de la salida, te aseguras de disponer de los certificados de vacunación, del pasaporte individual y de cualquier otro documento válido para los países del itinerario, así como de los visados de estancia y de tránsito que puedan exigirse.

12.4. Te atienes a las reglas de normal prudencia y diligencia y a las específicas vigentes en los países de destino, a la información facilitada por el organizador, así como a los reglamentos y disposiciones administrativas o legislativas relativas al viaje combinado.

12.5. Respondes de los daños que el organizador sufra a causa del incumplimiento de las obligaciones indicadas en este artículo. Facilitas al organizador los documentos, la información y los elementos en tu poder útiles para el ejercicio del derecho de subrogación frente a los terceros responsables del daño, y respondes del perjuicio causado a dicho derecho.

12.6. Comunicas por escrito al organizador, en el momento de la reserva, las peticiones personales que puedan ser objeto de acuerdos específicos sobre las modalidades del viaje, siempre que su realización sea posible.

12.7. Informas siempre al organizador de tus necesidades o condiciones particulares, como intolerancias y alergias alimentarias, discapacidad, tratamientos en curso y patologías acreditadas por certificado médico, y especificas explícitamente la solicitud de los servicios personalizados correspondientes.

13. Participantes menores de edad

13.1. La Ficha de Inscripción de un participante menor de edad la firma quien ejerce la patria potestad, que declara actuar con el consentimiento del otro progenitor cuando la responsabilidad sea conjunta. 13.2. En el momento de la inscripción, quien ejerce la patria potestad:

  • Facilita los teléfonos de contacto en los que estar localizable durante toda la estancia.
  • Comunica por escrito toda la información sanitaria relevante, incluidas alergias, intolerancias, tratamientos en curso y patologías conocidas.
  • Autoriza al organizador y a sus socios locales a recurrir a la atención médica y a las intervenciones urgentes que resulten necesarias en interés del menor, cuando no sea posible contactarle con prontitud.
  • Toma conocimiento de las reglas de comportamiento del artículo 20 e informa de ellas al menor.
  • 13.3. La vigilancia de los participantes menores se asegura conforme a las modalidades y ratios indicados en la Ficha Técnica y en el programa de cada estancia. El organizador pone a disposición un teléfono de contacto activo veinticuatro horas al día durante la estancia.
  • 13.4. El menor alojado en familia anfitriona queda confiado a esta conforme al artículo 14. Los desplazamientos autónomos del menor, los horarios de regreso y las eventuales salidas nocturnas se rigen por el reglamento de la estancia, entregado antes de la salida.
  • 13.5. El regreso anticipado de un participante menor, por cualquier causa, se acuerda previamente con quien ejerce la patria potestad, que es informado sin demora y a quien se entrega el menor. El organizador no deja en ningún caso al menor sin vigilancia desde el momento de la decisión hasta la entrega.
  • 13.6. El tratamiento de los datos personales de los menores se rige por el artículo 22 y por la política de privacidad publicada en este sitio.

14. Clasificación hotelera y familias anfitrionas

14.1. La clasificación oficial de los establecimientos hoteleros se facilita en el catálogo u otro material informativo únicamente sobre la base de las indicaciones expresas y formales de las autoridades competentes del país donde se presta el servicio. En ausencia de clasificaciones oficiales reconocidas, el organizador facilita una descripción propia del alojamiento que permita su valoración y la consiguiente aceptación por tu parte.

14.2. Las familias anfitrionas las selecciona el organizador, a través de sus socios locales, con el máximo cuidado y respetando los requisitos previstos por la normativa local. Se entiende por familia anfitriona un núcleo compuesto incluso por un solo adulto, con o sin hijos, sin discriminación de género, etnia, religión, condición económica, nivel cultural o social: la composición y las costumbres de la familia anfitriona pueden por tanto diferir de las de la familia de origen.

14.3. A petición motivada del participante, el organizador procede, a través de su socio local, al cambio de familia anfitriona, comprobada la disponibilidad de alojamientos alternativos. El cambio se realiza siempre sin coste para el viajero cuando la solicitud se basa en razones de seguridad, de salud o de respeto a la persona.

14.4. Si, agotados los alojamientos alternativos disponibles, la estancia no puede continuar, se aplica el artículo 21 en materia de regreso anticipado.

15. Régimen de responsabilidad

15.1. El organizador es responsable de la correcta ejecución de todos los servicios turísticos incluidos en el contrato y responde de los daños causados al viajero por el incumplimiento total o parcial de las prestaciones contractualmente debidas, ya se presten por él mismo o por terceros proveedores de los servicios.

15.2. El organizador queda exonerado de responsabilidad cuando el incumplimiento sea imputable al viajero, incluidas las iniciativas adoptadas autónomamente por este durante la ejecución de los servicios turísticos, o se deba al hecho imprevisible e inevitable de un tercero ajeno a la prestación de los servicios, o a circunstancias inevitables y extraordinarias.

15.3. En los casos del punto 15.2 el organizador presta en todo caso la asistencia debida conforme al artículo 16, facilitando en su caso alojamiento, comidas o regreso con los medios alternativos disponibles, conforme y dentro de los límites previstos por el Código del Turismo.

16. Obligación de asistencia

16.1. El organizador presta sin demora asistencia adecuada al viajero que se encuentre en dificultad, incluso en las circunstancias del punto 15.2, en particular facilitando información sobre servicios sanitarios, autoridades locales y asistencia consular, y ayudándole a efectuar comunicaciones a distancia y a encontrar servicios turísticos alternativos.

16.2. Antes de la salida se te comunica siempre un número de teléfono de emergencia, o los datos de un punto de contacto a través del cual localizar al organizador.

16.3. Cuando la dificultad haya sido causada intencionadamente por el viajero o por su culpa, el organizador puede exigir el pago de un coste razonable por dicha asistencia, que no exceda de los gastos efectivamente soportados.

17. Límites de la indemnización

17.1. La indemnización por daños no puede en ningún caso ser superior a lo previsto por los convenios internacionales que regulan las prestaciones objeto del viaje combinado, por los artículos 1783 y 1784 del Código Civil italiano y, en general, por la normativa vigente.

17.2. Cuando lo admitan las normas vigentes, la indemnización debida por el organizador se limita al triple del precio total del viaje combinado. Dicho límite no se aplica a los daños a las personas ni a los daños causados intencionadamente o por culpa.

17.3. El organizador no responde de los gastos o cargas derivados de circunstancias inevitables y extraordinarias, como manifestaciones, huelgas, mal tiempo, cuarentenas, guerras, epidemias y actos terroristas.

18. Garantía frente a la insolvencia

18.1. El organizador ha suscrito las garantías previstas por la ley para cubrir el reembolso de las cantidades abonadas por los viajeros y su repatriación en caso de insolvencia o quiebra.

18.2. La entidad que presta la garantía y sus datos de contacto figuran en la Ficha Técnica. El viajero que no obtenga la ejecución de los servicios a causa de la insolvencia del organizador puede dirigirse directamente a dicha entidad.

19. Seguros

19.1. El precio de cada viaje combinado incluye una póliza que cubre la asistencia y los gastos médicos en viaje y el equipaje, en las condiciones indicadas en la Ficha Técnica.

19.2. El precio incluye asimismo una póliza de cancelación, cuya prima se indica por separado en el plan de pagos y es personal y no reembolsable.

19.3. El texto íntegro de las condiciones del seguro se te entrega antes de la celebración del contrato y está publicado en este sitio. En caso de siniestro te atienes a las modalidades y plazos de declaración allí previstos.

20. Reglas de comportamiento

20.1. A los participantes se les exige un comportamiento respetuoso con la familia anfitriona, el personal del establecimiento, los demás participantes y las normas locales, así como el cumplimiento del reglamento de la estancia entregado antes de la salida.

20.2. Cuando el participante mantenga un comportamiento gravemente contrario a las normas de corrección y civismo o al reglamento de la estancia, el organizador le amonesta por escrito, informando simultáneamente a quien ejerce la patria potestad si el participante es menor de edad.

20.3. En caso de conducta reiterada tras la amonestación, o de conducta de gravedad tal que ponga en peligro su integridad o la de terceros, el organizador puede resolver el contrato y disponer el regreso anticipado del participante, cuyos gastos quedan a su cargo. Para los menores se aplica lo previsto en el punto 13.5.

20.4. El participante responde de los daños que el organizador, la familia anfitriona o el establecimiento sufran como consecuencia de su conducta.

21. Regreso anticipado

21.1. El participante que, por motivos como enfermedad, falta de adaptación o razones familiares, solicite el regreso anticipado no tiene derecho al reembolso de la parte de estancia no disfrutada, y los gastos del regreso quedan a su cargo.

21.2. Queda a salvo lo previsto en la póliza del artículo 19 y en los artículos 10 y 15, cuando el regreso anticipado sea consecuencia de un incumplimiento del organizador.

22. Tratamiento de los datos personales

22.1. Los datos personales de los viajeros y participantes son tratados por el organizador para la ejecución del contrato y para el cumplimiento de obligaciones legales, conforme a la información facilitada en virtud del Reglamento (UE) 2016/679 y publicada en este sitio.

22.2. Los datos de salud se tratan exclusivamente para garantizar la seguridad y la asistencia del participante durante la estancia, y se comunican únicamente a los socios locales y a los centros sanitarios en lo estrictamente necesario.

22.3. Los datos se conservan durante el plazo indicado en la política de privacidad y posteriormente se suprimen.

23. Redacción y difusión de los programas

23.1. En cumplimiento de lo dispuesto por el Código del Turismo, los programas de Imagine1world Ltd se redactan de modo que faciliten al público una información correcta y completa, y contienen indicaciones sobre la duración de la estancia, la localidad, la descripción del college o del otro establecimiento, el precio, los términos y condiciones de renuncia y el importe de las eventuales penalizaciones.

24. Reclamaciones

24.1. Toda falta de conformidad en la ejecución del contrato se comunica sin demora injustificada, directamente al representante local o al acompañante, para que se subsane con prontitud.

24.2. Puedes fijar al organizador un plazo razonable para subsanar la falta de conformidad. Transcurrido inútilmente dicho plazo, puedes subsanarla directamente y reclamar el reembolso de los gastos necesarios, razonables y documentados.

24.3. La reclamación escrita se envía a la dirección de correo electrónico indicada en el punto 1.1. El organizador responde a la reclamación en el plazo de treinta días desde su recepción.

25. Litigios y fuero competente

25.1. Los litigios relativos al viaje combinado adquirido a Imagine1world Ltd pueden resolverse mediante procedimientos de resolución extrajudicial de litigios (ADR), conforme al Decreto Legislativo italiano 206/2005. El organismo ADR al que se adhiere el organizador, en su caso, figura en la Ficha Técnica.

25.2. En su defecto, los litigios se someten a la competencia de la Autoridad Judicial del lugar de residencia o domicilio del viajero.

Anexo — Venta de servicios turísticos sueltos

Los contratos que tengan por objeto únicamente el servicio de transporte, únicamente el servicio de alojamiento, o cualquier otro servicio turístico suelto, al no poder configurarse como organización de viaje ni como viaje combinado, no gozan de las protecciones previstas a favor de los viajeros por la Directiva (UE) 2015/2302.

El vendedor que se obliga a procurar a terceros, incluso por vía telemática, un servicio turístico suelto entrega al firmante los documentos relativos a dicho servicio, con indicación de la cantidad pagada, y no puede en modo alguno ser considerado organizador de viajes.

Anexo — Transporte aéreo

Conforme al artículo 11 del Reglamento (CE) 2111/2005, en los viajes de grupo y cuando el vuelo esté incluido en el viaje combinado, el nombre de la compañía que operará el vuelo figura en el dosier de viaje; las eventuales variaciones se comunican con prontitud.

Si el vuelo no está incluido en el viaje combinado, puede adquirirlo directamente el participante o, previo acuerdo, a través de Imagine1world Ltd: en tal caso el coste del billete se abona en el momento de la emisión y no es reembolsable.

Son imputables exclusivamente a la compañía aérea o al gestor del tránsito la pérdida o el retraso en la entrega del equipaje, la pérdida de la conexión, los trámites aduaneros y la reprogramación o cancelación del vuelo. Las correspondientes solicitudes de reembolso, incluidos alojamientos y vales de comida por retrasos o cancelaciones, se presentan directamente a la compañía aérea, que responde de ellas conforme al Reglamento (CE) 261/2004.

Se recomienda viajar con una sola maleta facturada y un solo equipaje de mano. Los costes por exceso de peso o por equipaje adicional corren a cargo del participante.

Ficha Técnica

Parte integrante de estas condiciones conforme al punto 4.3. Las partidas señaladas como «en fase de definición» son datos que provienen de nuestro garante y de nuestras aseguradoras: ya han sido solicitados y se publicarán aquí en cuanto estén disponibles. Mientras tanto puedes pedírnoslos por escrito y te respondemos.

  • Organizador: Imagine1world Ltd, Piccadilly Business Centre, Blackett Street, Manchester M12 6AE, Reino Unido, número de registro 14577985.
  • Garantía frente a la insolvencia: denominación, dirección, datos de contacto y número de póliza de la entidad garante — en fase de definición.
  • Póliza de asistencia, gastos médicos y equipaje: BT Insurance, número de póliza en fase de definición.
  • Póliza de cancelación: BT Insurance, número de póliza en fase de definición. Prima de 150 € para las estancias en el extranjero, personal y no reembolsable.
  • Cuota de inscripción: 150 €, no reembolsable.
  • Cuota fija de gestión por modificaciones solicitadas por el viajero (punto 7.5): 50 €.
  • Primer plazo: exigible en el momento de la reserva, de importe igual a los demás según el plan de pago del destino elegido. No es una señal: no existe una cifra decidida aparte.
  • Plazo para completar el pago: 30 días antes de la fecha de salida.
  • Fecha de referencia de los cambios (punto 7.1): en fase de definición.
  • Penalizaciones por desistimiento (punto 9.3), calculadas sobre la cuota de participación neta de la cuota de inscripción y de la prima del seguro: más de 30 días laborables antes de la salida, sin penalización; hasta 30 días, 10 por ciento; hasta 21 días, 30 por ciento; hasta 11 días, 50 por ciento; hasta 3 días, 75 por ciento; desde 2 días laborables antes de la salida, en caso de no presentación, de inexactitud de la documentación personal de viaje o de renuncia durante el viaje, 100 por ciento.
  • Vigilancia de los participantes menores (punto 13.3): ratio acompañantes/participantes y modalidades por tipo de estancia — en fase de definición.
  • Organismo ADR (punto 25.1): en fase de definición.

Comunicación obligatoria

Conforme al artículo 17 de la Ley italiana n.º 38, de 6 de febrero de 2006: «La ley italiana castiga con pena de prisión los delitos relativos a la prostitución y la pornografía infantil, incluso si se cometen en el extranjero».

Dudas sobre esta página

Para cualquier aclaración, o para recibir los documentos completos, escríbenos: respondemos a todas las solicitudes.

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Última revisión: 23 de septiembre de 2026